Además, los inversores minoristas pueden solicitar el tratamiento como inversores cualificados si cumplen con dos de los siguientes requisitos:
- Haber llevado a cabo operaciones con un volumen significativo en el mercado de referencia con una frecuencia media de 10 operaciones por trimestre durante los cuatro trimestres anteriores;
- La disponibilidad de una cartera de instrumentos financieros , incluyendo también los depósitos en efectivo que excedan (euros ) 500 000 ;
- Presten o hayan prestado funciones en el sector financiero durante, por lo menos, un año, en una situación que requiera conocimientos sobre las operaciones o los servicios designados.
Pueden solicitar el tratamiento como contraparte elegible las personas jurídicas, cuyo tamaño, según sus últimas cuentas individuales, se reúne dos de los siguientes criterios:
- Situación liquida de 2.000.000 de euros ;
- Activo total de 20 millones de euros ;
- Volumen de negocios liquido de 40 millones de euros.
La solicitud de cambio de tratamiento puede referirse a cualquiera de la relación de negocio del cliente con la entidad de intermediación financiera, sólo para un tipo de operaciones / servicios o también a lo que se refiere a las operaciones / servicios específicos.
La reducción de la protección está siempre sujeta a revisión por el Banco, que informa el cliente. Después de recibir la aprobación de la solicitud por parte del Banco , el cliente deberá declarar por escrito , en un documento aparte , que es consciente de las consecuencias de su elección.
El cambio de clasificación entrará en vigor sólo después de la confirmación del Banco.